– Santa Cruz – Lago: prohibida la pesca en ambas márgenes dentro de los 100 metros desde las nacientes y desembocaduras de los ríos que viertan sus aguas u originados (nacimientos de ríos) por el lago.
– Santa Cruz – Lago: prohibida la pesca en ambas márgenes dentro de los 100 metros desde las nacientes y desembocaduras de los ríos que viertan sus aguas u originados (nacimientos de ríos) por el lago.